Documento Personal de Identificación –DPI- para mayores de edad;
Documento Personal de Identificación –DPI- para extranjeros domiciliados.
Documento Personal de Identificación –DPI- para menores de edad.
Para todos los casos se designará un Código Único de Identificación -CUI- y el mismo se mantendrá invariable hasta el fallecimiento de la persona natural, como único referente de identificación de la misma.