El matrimonio en Guatemala genera una serie de deberes y derechos para ambos cónyuges. A continuación, se detallan algunos aspectos importantes sobre la sociedad conyugal y los regímenes económicos del matrimonio en el país.

Derechos y Deberes de los Cónyuges:

1. Uso del Apellido: La mujer tiene el derecho de agregar el apellido de su cónyuge al suyo y conservarlo siempre, salvo que el matrimonio se disuelva.

2. Residencia y Economía Familiar: Ambos cónyuges, de común acuerdo, fijarán el lugar de su residencia y tomarán decisiones sobre la educación y establecimiento de los hijos, así como sobre la economía familiar.

3. Cuidado de los Hijos: Ambos padres tienen la obligación de cuidar de sus hijos durante la minoría de edad de estos últimos.

4. Contribución al Hogar: La mujer debe contribuir equitativamente al sostenimiento del hogar si tiene bienes propios o desempeña algún empleo, profesión, oficio o comercio.

Prohibiciones Legales:

– La legislación prohíbe que el marido compre bienes de su mujer, o viceversa, incluso si hay separación de bienes.

Regímenes Económicos del Matrimonio:

Existen tres regímenes que regulan el matrimonio desde el punto de vista económico en Guatemala:

1. Régimen de Sociedad Conyugal: Bajo este régimen, los bienes adquiridos durante el matrimonio son propiedad conjunta de ambos cónyuges. Ambos tienen derechos y responsabilidades sobre estos bienes.

2. Régimen de Separación de Bienes: En este régimen, cada cónyuge mantiene la propiedad y administración de los bienes que poseía antes del matrimonio y de los que adquiera durante el mismo. No hay bienes comunes, y cada cónyuge es responsable de sus propias deudas.

3. Régimen de Participación en los Gananciales: Este régimen es una combinación de los dos anteriores. Los bienes adquiridos durante el matrimonio son propiedad de quien los adquiere, pero al finalizar el matrimonio, se realiza una liquidación para repartir las ganancias obtenidas durante el mismo.