Estos son los que se deben de observar:
a)      Rogación: La intervención del Notario es a solicitud de parte.
b)      Competencia del Notario: El Notario debe de ser hábil, no debe de existir conflicto entre las partes.
c)       Licitud del acto o contrato: El notario debe velar por la licitud del acto o contrato.
d)      Unidad de acto: El instrumento debe perfeccionarse en un solo acto.
e)      Autorización: el instrumento se autoriza con la firma del notario precedido de las palabras ante mí.