Nuestra legislación no da una definición de esta figura.

Definición doctrinaria. » Es un medio de adquirir el dominio, mediante la posesión en concepto de dueño, pacífica, ley señala, para que pueda reclamarla su anterior legítimo dueño. Esta noción debe completarse con la actitud activa del que prescribe, que ha de poseer durante el lapso pertinente, con ánimo de dueño, sin interrupción.(Ossorio).

Otra definición: La prescripicón adquisitiva o usucapión es el modo de adquirir la propiedad y los derechos reales en virtud de la posesión a título de dueño, prolongada durante el período de tiempo exigido por la ley.(Puig Peña).

Prescripción Adquisitiva: Derecho por el cual, el poseedor de una cosa adquiere la propiedad de ella por la continuación de la posesión durante el tiempo fijado por la ley.