Es un modo de extinguir las obligaciones, que consisten en el no ejercicio de un derecho por el titular del mismo, por un tiempo establecido en la ley, transcurrido el cuál, la obligación pierde su coercibilidad. (Según criterio de algunos, transformándose en obligación natural).

Se le denomina extintiva, negativa o liberatoria. Ejercitada como acción o excepción, por el deudor, extingue la obligación.