Es una institución social por la cual un hombre y una mujer se unen legalmente con ánimo de permanencia y con el fin de vivir juntos, procrear , alimentar y educar a sus hijos, y auxiliarse entre sí.

Definición doctrinaria: Aquel contrato solemne, celebrado ante las autoridades del estado, por virtud del cual el hombre y la mujer se unen para el mutuo auxilio, procreación y educación de los hijos. Se funda en la igualdad de derechos y obligaciones entre los cónyuges.