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Documentos que se protocolizan:

28 de March, 2014 Bufete Jurídico Rodríguez & Asociados
Documentos que se protocolizan:
Artículo 63 del Código de Notariado. a) Los documentos o diligencias cuya protocolización este ordenada por la ley o por tribunal competente, la cual hace el notario por sí y ante sí; b) Los documentos privados cuyas firmas hubieren sido previamente legalizadas, con la comparecencia de la persona a cuyo favor se suscribió el documento; c) Los documentos privados sin reconocimiento o legalización de firmas, por lo que es indispensable la comparecencia de todos los signatarios del documento.