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Definición de Fe Pública

28 de March, 2014 Bufete Jurídico Rodríguez & Asociados
Definición de Fe Pública
Giménez Arnau define la Fe Pública como: “La función específica, de carácter público, cuya misión es robustecer con una presunción de verdad los hechos o actos sometidos a su amparo”.