25 de March, 2014Bufete Jurídico Rodríguez & Asociados
Real: ya que si no se entrega el dinero o cosas fungibles no hay contrato.
Unilateral. Generalmente solo genera obligaciones para una de las partes (mutuario). Devolver lo que recibió.
Traslativo de dominio y gratuito: pero si no se estipulan interese se trasforma en oneroso.