Las capitulaciones matrimoniales son los pactos que otorgan los contrayentes para establecer y regular el régimen económico del matrimonio.

Son obligatorias las capitulaciones matrimoniales en los siguientes casos:

A.-cuando alguno de los contrayentes tenga bienes que excedan los Q 2,000.oo;

B.- Profesión que produzca ingresos de más de Q. 200.oo;

C.- administración de bienes de menores o incapacitados, bajo sus patria potestad tutela o guarda; D.- mujer guatemalteca y varón extranjero o naturalizado. Pueden otorgarse antes o durante el acto del matrimonio.