A)      Apertura: el protocolo se abre cada año con la primera escritura que se facciona, la cual llevará siempre el número uno y principiará en la primera línea del folio inicial. No se necesita ninguna razón de apertura, pero es obligatorio el pago de q.50.00 en la tesorería del organismo judicial por derecho de apertura;
B)      Contenido: el protocolo del notario contendrá: las escrituras públicas o matrices, las actas de protocolación, las razones de legalización o cualquier documento que la ley señale, la razón de cierre, el índice y los atestados.