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Anotaciones varias a la partida de nacimiento

19 de March, 2014 Bufete Jurídico Rodríguez & Asociados
Anotaciones varias a la partida de nacimiento
Siempre que se haga una anotación que afecte una inscripción primitiva, deberá realizarse la misma en forma electrónica. Las anotaciones serán un resumen del documento o acto registral, en virtud del cual se realicen. En consecuencia deberá constar en el cuerpo de las mismas el nombre del Notario o funcionario autorizante si fuera el caso, la declaración que contenga, la clase de hecho o acto que lo motiva y datos registrales que permitan su localización inmediata en el sistema. Artículo 32, Reglamento de Inscripciones.