Es la detención temporal del curso, o el no inicio del mismo, que la ley estipula a favor de ciertas personas:
1) Menores e incapaces mientras no tengan representante legal.
2) Entre padres e hijos mientras dure la patria potestad.
3) Entre los menores e incapacitados, y su tutor, mientras dure la tutela.
4) Entre copropietarios, mientras dure la indivisión..
5) Entre cónyuges, mientras dure el matrimonio, y entre hombre y mujer mientras dure la unión de hecho.