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Interrupción de la prescripción

21 de April, 2014 Bufete Jurídico Rodríguez & Asociados
Interrupción de la prescripción
La prescripción se interrumpe por: 1) demanda judicial debidamente notificada, o cualquier providencia precautoria ejecutada salvo (desistimiento o absolución) 2) por reconocimiento expreso o tácito que haga el deudor, del derecho de la persona en cuya contra corre la el plazo de la prescripción. 3) por pago de intereses o pago parcial de la obligación que haga el deudor al acreedor. El efecto de la interrupción de la prescripción es inutilizar todo el tiempo corrido antes de ella.