Normalmente este tipo de inscripción se realiza inmediatamente al nacimiento del niño, con la característica que dicho niño ha nacido sin vida. Esto significa, que el producto de la gestación nace muerto. En todo caso se debe realizar la inscripción del producto de la gestación dentro de esta modalidad especial, ya que juntamente con la inscripción del nacimiento sin vida, deberá inscribirse una defunción con la misma modalidad, es decir, defunción mortinato.