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Elementos del contrato de deposito

25 de March, 2014 Bufete Jurídico Rodríguez & Asociados
Elementos del contrato de deposito
Personales: Depositante quien entrega la cosa y depositario quien la recibe y custodia. No se exige una capacidad especial para celebrar el contrato ni se quiere ser propietario de la cosa depositada. Pueden celebrarlo los menores. Art. 1976 c.c. Reales: pueden ser objeto de ese contrato las cosas, muebles corporales, los derechos no son susceptibles de custodia, en materia y tangible. Si se trata de bienes e inmuebles, es contrato de guarda y vigilancia. Formales: la ley no exige ninguna formalidad especial para su celebración.