Clausura de las compañías o asociaciones extranjeras
20 de April, 2014Bufete Jurídico Rodríguez & Asociados
Las compañías o asociaciones extranjeras, establecidas en Guatemala y las sucursales y agencias extranjeras, que infrinjan las prescripciones contenidas en la ley, podrán ser clausuradas por la autoridad administrativa, sin perjuicio de hacer efectivas las responsabilidades en que hubieren incurrido con ocasión de sus actividades.