Según el código civil:
Unilaterales: La obligación recae únicamente sobre una de las partes.
Bilaterales: las partes se obligan recíprocamente.
Consensuales: aquellos que se perfeccionan con el consentimiento de las partes.
Reales: aquellos en que para que se perfeccione el contrato, es necesaria
la entrega de la cosa.
Principales: aquellos que subsisten por sí solos.
Accesorios: aquellos que tiene por objeto el cumplimiento de otra
obligación (fianza).
Oneroso: se estipulan provechos y gravámenes recíprocos.
Gratuito: El provecho es solamente de una de las partes (donación).
Conmutativos: las partes al contratar, conocen perfectamente el monto de sus respectivas prestaciones.
Aleatorios: La prestación de una o ambas partes, depende de un acontecimiento futuro e incierto, haciendo imposible precisarlas al momento de la contratación.
Absolutos: No dependen de condición alguna.
Condicionales: son aquellos cuya realización o subsistencia dependen de un
acontecimiento futuro e incierto.