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Apoderado del ausente

20 de April, 2014 Bufete Jurídico Rodríguez & Asociados
Apoderado del ausente
Si el ausente hubiere dejado apoderado sin facultades suficientes para la defensa en juicio, el cargo de defensor judicial recaerá de preferencia en éste. A falta de apoderado, el juez nombrará a una persona de notoria honradez; arraigo y competencia.